Paso a paso para vincularse al Círculo de Afiliados

  • Haga parte de nuestro exclusivo grupo siguiendo estos pasos.

Para ser miembro del Círculo de Afiliados, se debe surtir el proceso señalado en los siguientes pasos, conforme al : 

Reglamento de Afiliados a la CCB

Fecha de publicación 13 de enero de 2022 10:05 am

  • 1

    El interesado o su representante legal debe descargar y diligenciar, de forma completa, el formato declarando que cumple con la totalidad de los requisitos establecidos en la Ley.

    La firma del formulario hará entender que las afirmaciones allí contenidas se hacen bajo la gravedad de juramento y permitirá presumir que el solicitante conoce y acepta el Reglamento de Afiliados.

  • 2

    El formato debe ser presentado de manera virtual o en cualquiera de las sedes de la Cámara de Comercio de Bogotá, adjuntando copia del documento de identificación del solicitante.

    Nota: En el caso de solicitudes presentadas por los medios virtuales de la Cámara de Comercio de Bogotá, se exigirán mecanismos de autenticación para validar la identidad del solicitante.

  • 3

    El interesado debe efectuar el pago de la membresía, al momento de presentar el formato solicitud de afiliación.

    *El valor de la membresía depende de los activos que tenga reportados al momento del pago. 

  • 4

    La Cámara de Comercio de Bogotá, a través de la Dirección de Relaciones Institucionales, hará todas las validaciones que considere, para garantizar el cumplimiento de los requisitos del solicitante.

  • 5

    El Comité de Afiliaciones decidirá sobre la aceptación o rechazo de la solicitud de afiliación, dentro de los dos (2) meses siguientes a su presentación. Vencido este término, sin que se hubiere resuelto la solicitud de afiliación, se entenderá como aprobada.

  • 6

    La Dirección de Relaciones Institucionales notificará al empresario la decisión de afiliación o rechazo, por correo electrónico certificado o físico, a la dirección de notificaciones judiciales registrada en el Registro Mercantil.

    Nota: En caso de no ser aceptada la solicitud de afiliación, se hará la devolución del dinero correspondiente a la membresía.

  •  

Contra la decisión adoptada por el Comité de Afiliación, procede el recurso de impugnación ante la Superintendencia de Industria y Comercio, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a su notificación.

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