Conozca los tiempos de respuesta y cómo inscribir documentos y constituciones

A continuación le indicamos los pasos a seguir. #EstaEmpresaEsdeTodos

Estos trámites tendrán un tiempo de respuesta de cinco (5) días hábiles.

Paso 1: Radicación

Paso 2: Revisión por parte de nuestros abogados

Se realizará el estudio del documento y la respectiva liquidación del documento, el usuario recibirá una carta con el resultado del estudio. El abogado de la CCB le generará orden de pago. Liquidando todos los actos sujetos a registro.

Paso 3: Si el acta es correcta

El abogado de la CCB se contactará con usted para guiarlo en el proceso de pago por PSE y luego usted deberá enviar dicha constancia de pago al abogado a cargo del trámite.

Paso 4: La inscripción

Los trámites entran en cola a inscripción en el registro mercantil.

Paso 5: Alerta documental

Una vez finalizado el proceso, recibirá una alerta en la que se indicará la culminación del proceso.

Paso 6: Certificado de existencia

El valor de liquidación del pago del trámite debe ser suministrado por un funcionario del área de Registro y es importante que el NIT o cédula del cliente quede ingresado de forma correcta. Todos los pagos deben realizarse a través de PSE.

*Verificación de identidad de quién radica: Las Cámaras de Comercio harán una verificación formal de la identidad de las personas que presenten o reingresen peticiones registrales e implementarán un sistema de alertas que permitirá a los titulares de la información registral, adoptar medidas tempranas que eviten o detengan posibles conductas fraudulentas. 

Nota: Se solicita desde los términos y condiciones copia de la cédula de ciudadanía de quien radica. (validación en RNEC)

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