Notificaciones 2020

Diciembre 2020

Noviembre 2020

Septiembre 2020

Agosto 2020

Julio 2020

Junio 2020

  • En atención a dispuesto en el Decreto 457 de 2020, en el cual se ordena el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de la República de Colombia, y teniendo en cuenta que la petición del asunto no cuenta con correo electrónico, no ha sido posible realizar la entrega a la dirección física indicada en la misma para tal fin. Por lo tanto, se procede de conformidad con lo establecido en el segundo inciso del artículo 69 de la Ley 1437 de 2011.  Respuesta a la petición CRE030078411

Mayo 2020

Abril 2020

  • En atención a lo dispuesto en el Decreto 457 de 2020, en el cual se ordena el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de la República de Colombia, y teniendo en cuenta que la petición del asunto no cuenta con correo electrónico, no ha sido posible realizar la entrega a la dirección física indicada en la misma para tal fin. Por lo tanto, se procede de conformidad con lo establecido en el segundo inciso del artículo 69 de la Ley 1437 de 2011.  Respuesta a la petición CRE030078022 Comité Autogestionario social - en liquidación
  • En atención a que no ha sido posible informar en la dirección de domicilio del señor Mayor Felipe Antonio Castro Tuta, la respuesta dada a la petición CRE030077629 adjunta, se procede de conformidad con lo establecido en el segundo inciso del artículo 69 de la Ley 1437 de 2011.  Respuesta a la petición CRE030077629
  • En atención a que no ha sido posible informar en la dirección de domicilio de la señora ANA LUCÍA CARVAJAL VARCÁRCEL, la respuesta dada a la petición CRE030077569 adjunta, se procede de conformidad con lo establecido en el segundo inciso del artículo 69 de la Ley 1437 de 2011.  Respuesta a la petición CRE030077569 Final
  • En atención a que no ha sido posible informar en la dirección de domicilio del señor JOSÉ RODRIGO BURBANO, la respuesta dada a la petición CRE030076212 adjunta, se procede de conformidad con lo establecido en el segundo inciso del artículo 69 de la Ley 1437 de 2011.  Respuesta a la petición CRE030076212
  • En atención a que no ha sido posible informar en la dirección de domicilio de la doctora Yuliana Alejandra Posada Urueña secretaria del Juzgado Segundo Penal del Circuito de Conocimiento de Pereira, la respuesta dada a la petición CRE030077328 adjunta, se procede de conformidad con lo establecido en el segundo inciso del artículo 69 de la Ley 1437 de 2011.  Respuesta a la petición CRE030077328
  • En atención a que los derechos de petición CRE030076798, CRE110077842 Y CRE030077787, no pudieron ser entregados físicamente ni electrónicamente, se procede de conformidad con lo establecido en el segundo inciso del artículo 69 de la Ley 1437 de 2011.  Respuesta a la petición CRE030076798 AVIO registro fusión Respuesta a la petición CRE110077842 Ampliar plazo renovación CRE030077787 Base datos concejal Oscar Ramirez Vahos
  • A través de la resolución nro. 034 del 3 de marzo de 2020 la Cámara de Comercio de Bogotá atendió un recurso de reposición y en subsidio de apelación relacionado con la Asociación Social FAC Nuestra Señora de Loreto.  Aviso Resolución nro. 034
  • En atención a que el derecho de petición CRE580075847, no pudo ser entregado físicamente, y no reporta dirección electrónica, se procede de conformidad con lo establecido en el segundo inciso del artículo 69 de la Ley 1437 de 2011.  Respuesta a la petición CRE580075847

Marzo 2020

  • En atención a que no es posible informar la respuesta dada a la petición CRE030077216 adjunta, se procede de conformidad con lo establecido en el segundo inciso del artículo 69 de la Ley 1437 de 2011.  Respuesta a la petición CRE030077216
  • En atención a que el derecho de petición CRE110075708, no pudo ser entregado física, electrónicamente, y en el celular reportado no contestan, se procede de conformidad con lo establecido en el segundo inciso del artículo 69 de la Ley 1437 de 2011.  Respuesta a la petición CRE110075708

Febrero 2020

  • En atención a que no es posible informar la respuesta dada a la petición CRS006899 adjunta, se procede de conformidad con lo establecido en el segundo inciso del artículo 69 de la Ley 1437 de 2011.  Respuesta a la petición CRS006899
  • Damos a conocer la respuesta al derecho de petición radicado con nro. CRE010074385, toda vez que no fue posible notificar a la señora Silvia Isabel Cárdenas Pinzón.  Respuesta al derecho de petición nro. CRE010074385  
  • Damos a conocer la Respuesta al derecho de petición radicado con nro. CRE030074104, toda vez que no fue posible notificar al señor Luis Alejandro Mora Hernández.  Respuesta al derecho de petición radicado con nro. CRE030074104
  • A través de la resolución nro. 016 del 05 de febrero de 2020 la Cámara de Comercio de Bogotá atendió una solicitud de revocatoria directa relacionada con la sociedad GMINA SAS.  Resolución nro. 016 de 2020
  • En atención a que no ha sido posible informar en el correo electrónico c.rodriguezn79@hotmail.com  del señor Cristhian Rodríguez Navas, la respuesta dada a la petición CRE00073534 adjunta, se procede de conformidad con lo establecido en el segundo inciso del artículo 69 de la Ley 1437 de 2011.  Respuesta a la petición CRE00073534
  • Publicamos la respuesta al derecho de petición radicado con nro. CRE030073296, toda vez que no fue posible notificar al señor José Adonay Mora León.  Respuesta a la petición CRE030073296
  • A través de la resolución nro. 002 del 03 de enero de 2020 la Cámara de Comercio de Bogotá atendió un recurso de reposición relacionado con la Corporación Niños y Niñas por la Paz.  Resolución nro. 002 de 2020
  • A través de la resolución nro. 008 del 23 de enero de 2020 la Cámara de Comercio de Bogotá corrigió una actuación administrativa relacionada con la señora Carmen Cecilia Herrera Castro.  Resolución nro. 008 de 2020
  • En atención a que no es posible informar la respuesta dada a la petición CRE090074230 adjunta, se procede de conformidad con lo establecido en el segundo inciso del artículo 69 de la Ley 1437 de 2011.  Respuesta a la petición CRE090074230
  • Publicamos la respuesta al derecho de petición radicado con nro. CRE010073722, toda vez que no fue posible notificar al señor David Cuéllar Hernández, por correspondencia física o electrónica.  Respuesta al derecho de petición nro. CRE010073722

Enero 2020

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