Principios, derechos y deberes de los Afiliados

Principios

Legalidad. Conlleva la estricta observancia de las disposiciones legales y reglamentarias referidas a los Afiliados de las cámaras de comercio en todas las actuaciones que a estos concierne.

Buena fe. La que implica actuar en forma recta y honesta con la convicción de que se está obrando sin perjudicar a terceros.

Lealtad. Informando a la CCB los hechos o circunstancias de los que tenga conocimiento y que sean de interés de la Entidad.

Responsabilidad. Procurando, de manera activa y voluntaria, el mejoramiento social, económico y ambiental de la ciudad y la Región.

Compromiso. Adoptando posiciones de liderazgo frente a temas de interés empresarial y de Bogotá y la Región, y participando en los programas de la CCB y en la elección de su Junta Directiva.

Derechos de los Afiliados

Elegir y ser elegido miembro de la Junta Directiva de la CCB, bajo las condiciones y requisitos que determina la ley y las normas reglamentarias.

Dar como referencia a la correspondiente Cámara de Comercio descargue aquí

Red de Bibliotecas : acceso gratuito a publicaciones de la CCB, consulta de estudios e investigaciones según su interés.

Obtener gratuitamente las certificaciones derivadas de su registro mercantil, sin exceder del monto de su cuota de afiliación.

Certificados que se pueden requerir:

• Certificado de Matrícula Mercantil

• Certificado de Existencia y Representación Legal

• Certificado de Libros

• Certificados Especiales

 Tener en cuenta que:  

1. Se considera afiliado activo aquel que tiene vigente su matrícula mercantil y su afiliación para el año en curso.

2. El valor calculado para el cupo de certificados por afiliado se hará con base en la tarifa que pague por concepto de membresía para el año en curso.

3. Los saldos del cupo para certificados gratuitos no son acumulables de un año para otro. En consecuencia, a partir de la fecha de renovación de la membresía, se iniciará el nuevo cupo para solicitar certificados gratuitos, el cual tendrá vigencia hasta el 31 de marzo del año siguiente o hasta la siguiente renovación, lo primero que ocurra.

4. En caso de agotar su cupo con anticipación, deberá cancelar el valor correspondiente a los certificados adicionales que solicite

5. Cuando el afiliado no renueva su matrícula mercantil y/o su afiliación en el primer trimestre de cada año, el cupo que tuviese para certificados gratuitos quedará en $0 a partir del 1 de abril del año en curso.

6. El afiliado que tenga un saldo a favor, que no alcance a cubrir el costo total de un certificado, podrá pagar el excedente para adquirir un único certificado de su propia razón social. Este trámite aplica únicamente en las Sedes de atención al público.  

* No aplica para certificados de Establecimientos de comercio y Registro Único de Proponentes

 

Deberes de los Afiliados

Cumplir con el Reglamento de Afiliados a la CCB.

Pagar oportunamente la cuota de afiliación o su renovación.

Actuar de conformidad con la moral y las buenas costumbres.

Denunciar cualquier hecho que afecte a la CCB o que atente contra sus procesos electorales.                            

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