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Pasos para levantar la suspensión de la NSO en productos cosméticos y de higiene

Conozca los pasos que debe seguir para activar su Notificación Sanitaria Obligatoria (NSO)

La Notificación Sanitaria Obligatoria (NSO) es el documento mediante la cual un fabricante o comercializador, a título de declaración jurada, informa a la autoridad competente sobre su intención de comercializar un producto cosmético, de higiene doméstica o de higiene personal, en los países miembros de la Comunidad Andina de Naciones (Colombia, Ecuador, Perú y Bolivia).

Si el producto es manufacturado en esta subregión, debe notificarse en el país miembro donde se produce el mismo. Si es importado, ser debe notificar en el primer país miembro donde se pretenda comercializar.

Si su registro NSO presenta estado de suspendidocomo consecuencia de la aplicación de una medida sanitaria, tenga en cuenta las recomendaciones que publicó recientemente la Dirección de Cosméticos, Aseo, Plaguicidas y Productos de Higiene Doméstica del Invima en su página web :

  • Si el estado de la Notificación Sanitaria Obligatoria se encuentra suspendido, no es posible radicar un cambio en la ventanilla de la Oficina de Atención al Ciudadano.
  • Debe presentar una solicitud a través de la ventanilla de correspondencia en la carrera 10 No. 64-28, piso 4 en la ciudad de Bogotá, donde indique expresamente el levantamiento de la medida de suspensión impuesta, relacionar el número del expediente y código NSO.
  • En la solicitud deberá incluir el formulario de cambios formatos FNSOC-001 para cosméticos o FNSOHA-001 para productos de higiene doméstica y productos absorbentes de higiene personal y los soportes de los cambios requeridos, acorde con los requisitos indicados en el formulario.
  • Los cambios serán evaluados previamente, por lo tanto, si estos no subsanan los requerimientos de la medida sanitaria serán devueltos sin proceder a su radicación en el sistema de registro sanitario.
  • Si los cambios son satisfactorios, se procederá a levantar la medida de suspensión de la Notificación Sanitaria Obligatoria impuesta, para lo cual se hará el acta de levantamiento de suspensión. Realizada dicha acta, se procederá a efectuar la radicación de los cambios y la actualización de la base de datos de registros sanitarios.

El hecho de levantar la medida de suspensión de Notificación Sanitaria Obligatoria es un procedimiento distinto e independiente del proceso sancionatorio que se origina de la imposición de este tipo de medida.

Conozca más acerca de la NSO .