Cluster, una Iniciativa de Valor Compartido Volver
Conoce el Programa de competitividad para el sector construcción

¿Ya están permitidas las remodelaciones? Esto dice Minvivienda

La cartera de Vivienda emitió una circular donde dice cuándo puede hacer esta actividad en su hogar.

El Ministerio de Vivienda emitió una circular dictando directrices sobre las condiciones que deben cumplir quienes quieran realizar remodelaciones en inmuebles durante la vigencia del aislamiento preventivo obligatorio, que va hasta el 30 de junio, según el Decreto 749 de 2020.

En ese decreto se establece en el artículo 3, numeral 18, que una de las excepciones se trata de "las actividades del sector de la construcción, ejecución de obras civiles y la remodelación en inmuebles, así como el suministro de materiales e insumos exclusivamente destinados a la ejecución de las mismas".

Sin embargo, la cartera de Vivienda aclara que podrán realizarse bajo la condición de que "las empresas y particulares que presten servicios de remodelación en bienes inmuebles den cumplimiento al protocolo de bioseguridad que establezca el Ministerio de Salud y Protección Social para las actividades de remodelación y adecuación de bienes inmuebles".

Adicionalmente, asegura que quienes quieran hacer remodelaciones en propiedad horizontal pueden hacerlo a partir del 1.° de julio.

"Hasta el primero (1.º) de julio de 2020 no podrán realizarse obras de remodelación en inmuebles con destinación habitacional que se encuentren sometidos a propiedad horizontal", señala la circular.

Además, al iniciar esta actividad deberán cumplir con los protocolos de bioseguridad que establezca el Ministerio de Salud y Protección Social para el control de la pandemia del coronavirus.

Así mismo, deberán atender las instrucciones que adopten o expidan las entidades del orden nacional y territorial.

Fuente: El Tiempo